8 de septiembre de 2010
CONTACTA  |  MAPA WEB  | 

CORPORACIÓN MUNICIPAL

G.Politicos|Pleno|Comisiones|Normativa|Elecciones|O.Adminitrativa

COMISIÓN INFORMATIVA DE CUENTAS, ECONOMÍA Y HACIENDA

Área competencial, como comisión especial de cuentas:

Examen, estudio e informe de las cuentas, presupuestarias, que deba aprobar el Pleno de la Corporación, en especial, la Cuenta General.

Funciones:

  1. La Comisión Especial de Cuentas se reunirá necesairamente antes del 1 de junio de cada año para examinar las cuentas generales de la Corporación, que se acompañarán de los correspondientes justificantes y antecedentes.
  2. Podrá celebrar reuniones preparatorias, si su Presidente lo decide o si lo solicita una cuarta parte, al menos, del número legal de miembros de la Comisión.
  3. Las cuentas generales, así como sus justificantes y la documentación complementaria estarán a disposición de los miembros de la Comisión, para que la puedan examinar y consultar, como mínimo, quince días antes de la primera reunión.

Para el ejercicio de sus funciones, la Comisión podrá requerir, a través del Alcalde, la doumentación complementaria necesaria y la presencia de los miembros de la Corporación y funcionarios relacionados con las Cuentas que se analicen.

 Área competencial como comisión de hacienda:

Asuntos relativos a la organización y gestión económica del Ayuntamiento. Presupuestos y sus modificaciones. Ordenanzas fiscales y gestión de tributos e ingresos municipales. Comercio, Industriay Desarrollo Local.

Funciones:

  1. Control y fiscalización de los órganos de gobierno en asuntos relacionados con sus competencias.
  2. Estudio, informe y consulta previa de los expedientes que deban someterse a la decisión del Pleno, en las siguientes competencias plenarias:
    1. La determinación de los recursos propios de carácter tributario; la aprobación y modificación de los presupuestos; la disposición de gastos en los asuntos de su competencia y la aprobación de las cunetas.
    2. La concertación de las operaciones de crédito cuya cuantía acumulada, dentro de cada ejercicio económico, exceda del diez por ciento de los recursos ordinarios del presupuesto, salvo las de tesorería, que le corresponderán cuando el importe aucmulado de las operaciones vivas en cada momento supere el quince por ciento de los ingresos corrientes liquidados en el ejercicio anterior.
    3. Aquellas otras que deban corresponder al Pleno por exigir su aprobación una mayoría especial en materias relacionadas con su ámbito competencial.
    4. Las demás materias que expresamente le confieran las leyes al Pleno dentro del área competencias de la Comisión.

Representantes:

PP: Titular: Dª. María del Mar Vaquero Perianez

Suplente: D. Manuel Blesa Ineva

CHA: Titular: D. Francisco Rausell Pérez

Suplente: D. Pedro Ibáñez Moreno

PSOE: Titular: Dª. María Pilar Pallarés Rosales

Suplente: Dª. Beatriz Serrano Tomás

PAR: Titular y Suplente: D. Alberto Pla Julián

 


subir
COMISIÓN INFORMATIVA DE URBANISMO

Área competencial:
Asuntos relacionados con la gestión del Urbanismo, Vivienda y Medio Ambiente.

Funciones:

  1. Control y fiscalización de los órganos de gobierno en asuntos relacionados con sus competencias.
  2. Estudio, informe y consulta previa de los expedientes que deban someterse a la decisión del Pleno, en las siguientes competencias plenarias:
    1. La aprobación inicial y provisional del planeamiento general y la aprobación que ponga fin a la tramitación  municipal de los Planes y demás instrumentos de ordenación y gestión previstos en la legislación urbanística, salvo aquellos atribuidos expresamente al Alcalde.
    2. La aprobación de los proyectos de obras cuando la contratación de su ejecución sea de su competencia y cuando no estén previstos en los Presupuestos.
    3. La adquisición de bienes y derechos cuando su valor supere el diez por cineto de los recursos ordinarios del Presupuesto y, en todo caso, cuando sea superior a quinientos millones de pesetas.
    4. La aceptación de la delegación de competencias hecha por otras Administraciones públicas.
    5. La alteración de la calificación jurídica de los bienes de dominio público y la regulación del aprovechamiento de los bienes comunales.
    6. La enajenación del patrimonio, en los siguientes casos:
      1. Cuando se trate de bienes inmuebles o de bienes muebles que estén declarados de valor histórico o artístico, y no estén previstas en el Presupuesto.
      2. Cuando estando previstas en el Presupuesto, superen los porcentajes y las cuantías referidas a la competencia establecida para la adquisición de bienes.
    7. Aprobación del Inventario de Bienes, Derechos y Acciones de la Corporación y sus rectificaciones.
    8. Aquellas otras qu deban corresponder al Pleno por exigir su aprobación una mayoría especial en materias relacionadas con su ámbito competencial.
    9. Las demás materias que expresamente le confieran las leyes al Pleno dentro del área competencial de la Comisión.

Representantes:

PP: Titular: Dª. María del Mar Vaquero Perianez

        Suplente: D. Manuel Blesa Ineva

CHA: Titular: D. Pedro Ibáñez Moreno

           Suplente: D. Francisco Rausell Pérez

PSOE: Titular: D. José Luis Jaime Gil

             Suplente: Dª. María Pilar Pallarés Rosales

PAR: Titular y Suplente: D. Alberto Pla Julián


subir
Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI  La sintaxis del código XHTML utilizado es correcta
© 2010 · Ayuntamiento de María de Huerva · Todos los derechos reservados l Aviso Legal l Política de privacidad
Creado por iASoft