Las Comisiones Informativas dictaminan los asuntos que se someten a su consideración, que son todos aquellos que corresponden al Pleno y no hayan sido declarados urgentes, y los que libremente decida el/la Alcalde/sa.

Asimismo, también es labor de las Comisiones Informativas  la de controlar las tareas de gobierno y gestión municipal.

Convocadas por su Presidente/a, se reúnen con carácter ordinario una vez a la semana o cuando lo solicite la cuarta parte del número legal de miembros de la Corporación.

El Reglamento Orgánico municipal regula las siguientes Comisiones Informativas de carácter permanente: Las Comisiones Plenarias tienen las siguientes funciones:

El estudio, informe o consulta de los asuntos que hayan de ser sometidos a la decisión del Pleno.

El seguimiento de la gestión del Alcalde y de su equipo de gobierno, sin perjuicio del superior control y fiscalización que, con carácter general, le corresponde al Pleno.

Aquellas que el Pleno les delegue, de acuerdo con lo dispuesto en la ley.

Comisión Informativa de Economía, Hacienda y Régimen Interior

Estudio, deliberación y toma de acuerdos de asuntos propios de las materias a las que se refiere. Está integrada por miembros de todos los grupos políticos municipales con representación.

Área competencial:

  • Asuntos relativos a la organización y gestión económica del Ayuntamiento.
  • Presupuestos y sus modificaciones.
  • Ordenanzas Fiscales y gestión de tributos e ingresos municipales.
  • Comercio, Industria y Desarrollo Local.

Funciones:

  1. Control y fiscalización de los órganos de gobierno en asuntos relacionados con sus competencias.
  2. Estudio, informe y consulta previa de los expedientes que deban someterse a la decisión del Pleno o de la Junta de Gobierno Local cuando actúe por delegación de éste, salvo cuando haya de adoptarse acuerdos declarados urgentes en las siguientes competencias plenarias:
¡Pincha aquí para ver las competencias plenarias!

Comisión Informativa de Urbanismo, Fomento, Servicios Generales y Medioambiente

Estudio, deliberación y toma de acuerdos de asuntos propios de las materias a las que se refiere. Está integrada por miembros de todos los grupos políticos municipales con representación.

Área competencial:

  • Asuntos relativos a la organización y gestión económica del Ayuntamiento.
  • Presupuestos y sus modificaciones.
  • Ordenanzas Fiscales y gestión de tributos e ingresos municipales.
  • Comercio, Industria y Desarrollo Local.

Funciones:

  1. Control y fiscalización de los órganos de gobierno en asuntos relacionados con sus competencias.
  2. Estudio, informe y consulta previa de los expedientes que deban someterse a la decisión del Pleno o de la Junta de Gobierno Local cuando actúe por delegación de éste, salvo cuando haya de adoptarse acuerdos declarados urgentes en las siguientes competencias plenarias:
¡Pincha aquí para ver las competencias plenarias!

Comisión de Servicios

Comprende:

  • Comisión Informativa de Comercio, Cultura, Turismo y Deporte.
  • Comisión Informativa de Participación Ciudadana, Servicios Sociales y Sanidad.
  • Comisión Informativa de Juventud e Infancia.

Estudio, deliberación y toma de acuerdos de asuntos propios de las materias a las que se refiere. Está integrada por miembros de todos los grupos políticos municipales con representación.

Área competencial:

Asuntos Relacionados con Gestión de residuos, Limpieza Viaria, Limpieza de edificios municipales, Mantenimiento y conservación de inmuebles de propiedad municipal, Transporte público, Sanidad, Bienestar Social, Agricultura y Medio Ambiente, Cementerio, Deportes, Cultura, Parques y Jardines, Fiestas, Ferias y Mercados y Comunicación.

Funciones:

  1. Control y fiscalización de los órganos de gobierno en asuntos relacionados con sus competencias.
  2. Estudio, informe y consulta previa de los expedientes que deban someterse a la decisión del Pleno o de la Junta de Gobierno Local cuando actúe por delegación de éste, salvo cuando haya de adoptarse acuerdos declarados urgentes en las siguientes competencias plenarias:
    • Las contrataciones y concesiones de toda clase en materias objeto del área de competencia de la Comisión, salvo en los supuestos concretos atribuidos expresamente al Alcalde.
    • La aprobación de los proyectos de obras cuando la contratación de su ejecución sea de su competencia y cuando no estén previstos en los presupuestos.
    • La aceptación de la delegación de competencias hechas por otras Administraciones Públicas.
    • Aquellas otras que deban corresponder al Pleno por no exigir su aprobación una mayoría especial en materias relacionadas con su ámbito competencial.
    • Las demás materias que expresamente le confieran las leyes al Pleno dentro del área competencial de la Comisión.

Junta de Portavoces

Comprende:

  • Comisión de Valoración para la Concesión de Subvenciones.

Examen, análisis y valoración de cumplimiento de requisitos para la concesión de subvenciones de acuerdo con la Ordenanza General y la Convocatoria Anual de subvenciones para asociaciones deportivas, culturales y de acción social.